Canal ético

EMUCA, S.A. pone a disposición de las partes interesadas, en cumplimiento y bajo la protección de la Ley 2/2023, un canal de comunicación para la recepción de informaciones relativas a:

  • Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave.
  • Acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea, según lo dispuesto en el art. 2.1.a).
  • Infracciones del Derecho laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo.

También se habilita el canal de comunicación para recibir informaciones que supongan un incumplimiento de la normativa legal vigente, así como para la recepción de cualquier duda, queja o sugerencia en materia de Compliance.

Las comunicaciones realizadas serán recibidas y tramitadas por el Órgano Responsable del Canal (Comité Compliance - Rol Compliance Officer) y por el Órgano de Gobierno (Administrador Único) de EMUCA, S.A.

Si considera que alguna de las personas que van a recibir su denuncia (Órgano Responsable del Canal u Órgano de Gobierno) es partícipe o está involucrada/implicada/envuelta en los hechos denunciados, podrá bloquear la comunicación a dicho órgano, dejándolo fuera de la tramitación e investigación.

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EMUCA, S.A. prohíbe expresamente los actos constitutivos de represalia, incluidas las amenazas de represalia y las tentativas de represalia contra las personas que presenten una comunicación conforme a lo previsto en la Ley.

Se garantiza la máxima confidencialidad y el anonimato en los procesos de investigación de las informaciones recibidas y el tratamiento de las mismas con objetividad, imparcialidad y transparencia, sometiéndose a la normativa en materia de protección de datos de carácter personal y cumpliendo la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción y la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

La identidad del informante será en todo caso reservada, no se comunicará a las personas a las que se refieren los hechos relatados ni a terceros no autorizados.

A la hora de rellenar los formularios debe tener en cuenta las siguientes reglas:

  • La información suministrada debe ser veraz.
  • Las comunicaciones deben ser planteadas de buena fe.
  • No comparta datos personales de terceras personas ajenas a los hechos denunciados.
  • No comparta datos personales incluidos dentro de las categorías especiales de datos (salud, ideología, afiliación sindical, religión, orientación sexual, creencias u origen racial o étnico, etc., art. 9 LOPDGDD).

El informante que, con mala fe, presente una comunicación manifiestamente infundada o malintencionada con ánimo de causar un perjuicio injustificado, podrá ser objeto de la adopción de las medidas oportunas o, en su caso, de la comunicación a las autoridades competentes para la incoación de aquellos procedimientos que puedan tener objeto.

Una vez rellenado el formulario correspondiente, ÉticoAldía generará un acuse de recibo que podrá imprimir o “guardar como PDF”.

Para más información sobre los principios generales del procedimiento de gestión de las informaciones y el uso del canal puede acceder a los siguientes documentos:

  • Política del Canal (Ver documento “Política del canal de comunicación”)
  • Procedimiento de gestión del Canal (Ver documento “Procedimiento de gestión del canal”

Las comunicaciones también se pueden realizar de manera externa a través de los canales externos de información ante las autoridades competentes y, en su caso, ante las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea.

Estos canales pueden ser:

  • Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.).
  • Ante las autoridades u órganos autonómicos correspondientes.
  • Ministerio Fiscal.
  • Fiscalía Europea, en el caso de que los hechos afecten a los intereses financieros de la Unión Europea.
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FFCCSE).
  • Agencia Antifraude competente.
  • Otros organismos competentes.
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Para realizar una denuncia o comunicación: Pinche aquí.

Para conocer el estado de su denuncia o comunicación: Pinche aquí.

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